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Recargo por atraso: ¿diario con tope o multa fija?

El recargo no está para ganar plata: está para que pagar a tiempo convenga. La forma que elijas cambia cuánto se cobra y qué tan fácil es de explicar.

Actualizada el 22 de octubre de 2026 4 min de lectura

La calle entre dos naves de bodegas con puertas azules, al atardecer, con un árbol y la cordillera nevada al fondo.

En corto

  • El recargo diario crece con los días de atraso, hasta un tope: quien se atrasó tres días paga menos que quien se atrasó veinte.
  • La multa fija es un solo monto al pasar cierto día. Es simple, pero cobra lo mismo por cinco días de atraso que por veinte.
  • Escríbelo en el contrato con un ejemplo en números: el porcentaje, la gracia, el tope y desde cuándo corre.

Las dos formas

Recargo diario

Un porcentaje por cada día de atraso

  • Corre por día, sobre la mensualidad que se debe.
  • Con días de gracia: si paga dentro de ellos, no se cobra nada.
  • Con un tope: nunca pasa de un porcentaje de la mensualidad.

Multa fija

Un solo monto

  • Se cobra una vez, al pasar el día que diga el contrato.
  • Es la misma por cinco días de atraso que por veinte.
  • Se explica y se calcula a mano en un segundo.

Las dos, con números

Una mensualidad de $100.000 que vence el día 1. El recargo diario es de 0,1 % por día, con 5 días de gracia (contando el del vencimiento) y un tope de 3 % por mensualidad. Si se pasa de la gracia, el recargo se cuenta desde el vencimiento; el día en que paga no suma. La multa fija es de $2.000, desde el día 6.

Lo que paga de más, según el día en que paga
Paga el díaDías de atrasoRecargo diarioMulta fija
4 (en la gracia)3$0$0
65$500$2.000
109$900$2.000
2019$1.900$2.000
1 del mes siguiente30$3.000 (tope)$2.000

Cifras de ejemplo. Al mes siguiente vence otra mensualidad, con su propio recargo.

La tabla muestra el problema de la multa: cobra lo mismo por cinco días de atraso que por diecinueve, y a quien ya pasó el día 6 le cuesta lo mismo pagar el 7 que el 20. El diario cobra por los días que de verdad se atrasó, y deja de crecer en el tope.

Los límites

  • La tasa máxima. Si tu cliente es una persona, o una micro o pequeña empresa que lo pida, cobrarle un interés sobre la tasa máxima convencional es una infracción. La publica la CMF cada mes y rige la que estaba vigente al firmar el contrato. Para comparar, pásalo a un año como lo hace la CMF, sobre 360 días: 0,1 % diario son 3 % en 30 días y 36 % al año.
  • Interés sobre interés, no. Los intereses atrasados no producen interés: el recargo se calcula sobre la mensualidad, nunca sobre los recargos anteriores.
  • Interés y multa juntos. Por el mismo atraso, sólo si el contrato lo dice expresamente. Con personas, además, el Sernac puede considerarlo abusivo.
  • Una multa desproporcionada. El Sernac puso como ejemplo de cláusula abusiva una multa de 0,2 % diario sobre el precio total del contrato.
  • Los gastos de cobranza son otra cosa. Con personas, se pueden cobrar sólo desde el día 21 de atraso, por lo que de verdad gastaste y con tope. Más en Qué hacer con un cliente moroso.

El IVA del recargo

Un recargo que corre por día, el SII lo ha tratado como interés por mora, y el interés sigue a la mensualidad: si tu centro cobra IVA, el recargo también lo lleva; si es exento, el recargo también es exento y, si emites contra pago, va en el mismo documento del pago. Una multa fija no lleva IVA ni documento tributario: basta un comprobante interno.

Pero el SII también ha tratado como multa un cobro por cada día de atraso. Lo que pesa es cómo lo escribas en el contrato, así que en un centro con IVA revisa esa cláusula con tu contador. Más en ¿Boleta o factura, exenta o con IVA?.

Lo que debe decir el contrato

Con estos datos, tú, tu cliente y tu contador hacen la misma cuenta:

  • Qué es: un interés por mora o una multa por atraso, dicho con esas palabras y no sólo como «recargo». Esa definición pesa en su IVA y en sus límites.
  • El porcentaje por día, o el monto de la multa.
  • Desde qué día corre, y si se cuenta desde el vencimiento o desde que termina la gracia.
  • Los días de gracia y el tope.
  • Sobre qué se calcula: la mensualidad impaga, nunca los recargos.
  • Un ejemplo con números, como el de esta guía.

Y en cada aviso de cobro, el monto del día: el cliente que ve cuánto debe hoy, y por qué, tiene menos que discutir.

Admin Bodegas calcula el recargo de cada cliente al día, con tu porcentaje, tu gracia y tu tope, y tu cliente ve en su portal lo que debe hoy, con el recargo del día.

Ver el cobro con tus reglas

Esta guía explica cómo funciona en general. Para una decisión de tu centro, revísala con tu contador o tu abogado.

Tu centro, en automático y al peso.

La cobranza, el recargo y el cierre del mes salen solos. Te lo mostramos con los casos de tu centro.

¿Prefieres escribir? contacto@adminbodegas.cl

Un centro de bodegas visto desde el aire: tres edificios de puertas azules, su oficina junto al portón y la cordillera de fondo.